La Secretaria de Deportes informa que se encuentra en plena vigencia la Ley N° 6904, por la que todas las competencias motociclísticas o automovilísticas que se realicen en el territorio de la Provincia de Mendoza, deberán contar con la autorización expresa de la autoridad de aplicación, COMISIÓN DEPORTIVA DE AUTOMOVILISMO Y MOTOCICLISMO (CDAM). Caso contrario, serán consideradas ilegales y susceptibles de ser pasibles los organizadores de las sanciones penales y administrativas de rigor (articulo 94 de faltas, articulo 37 decreto 576/98 y ley 6457).